HOLA
Te queremos informar que durante los siguientes días
entrará en vigencia la Ley Retorno Seguro que define
como obligatoria la contratación de un seguro COVID
para todos los trabajadores dependientes del sector
privado. Este seguro debe ser contratado por cada empresas
para sus trabajadores que se desempeñen de manera presencial
(total o parcial). El seguro tiene duración de un año,
se contrata mediante un pago único (similar al SOAP)
y mantiene su vigencia para cada asegurado independientemente
de si éste deja de pertenecer a la empresa.
¿Qué Cubre?
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- Gastos por hospitalizaciones y rehabilitaciones
derivadas del COVID-19; siempre que se efectúen
en modalidad institucional (Fonasa) o CAEC (Isapres)
en los términos descritos en la póliza.
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- 180 UF de indemnización en caso de fallecimiento
por COVID-19.
¿Cómo lo contrato?
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En Vida Cámara podrás hacer este proceso 100% online
de forma simple y rápida a través de nuestra web.
Desde el inicio de la pandemia nos propusimos ser un
importante apoyo en estos tiempos difíciles. Por esto,
a todos nuestros clientes de seguros colectivos les
ofreceremos
condiciones preferentes
para su contratación.
Felipe Allendes
Gerente General Vida Cámara
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