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HOLA

Te queremos informar que durante los siguientes días entrará en vigencia la Ley Retorno Seguro que define como obligatoria la contratación de un seguro COVID para todos los trabajadores dependientes del sector privado. Este seguro debe ser contratado por cada empresas para sus trabajadores que se desempeñen de manera presencial (total o parcial). El seguro tiene duración de un año, se contrata mediante un pago único (similar al SOAP) y mantiene su vigencia para cada asegurado independientemente de si éste deja de pertenecer a la empresa.

¿Qué Cubre?
  • - Gastos por hospitalizaciones y rehabilitaciones derivadas del COVID-19; siempre que se efectúen en modalidad institucional (Fonasa) o CAEC (Isapres) en los términos descritos en la póliza.
  • - 180 UF de indemnización en caso de fallecimiento por COVID-19.
¿Cómo lo contrato?
  • En Vida Cámara podrás hacer este proceso 100% online de forma simple y rápida a través de nuestra web.
Desde el inicio de la pandemia nos propusimos ser un importante apoyo en estos tiempos difíciles. Por esto, a todos nuestros clientes de seguros colectivos les ofreceremos condiciones preferentes para su contratación.

Felipe Allendes
Gerente General Vida Cámara

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